miércoles, 11 de junio de 2014

EN COLIMA: Ya no Podrán Contraer Relación Conyugal Menores de 16 Años

Los menores de 16 años, en Colima, no podrán contraer relación conyugal, esto luego de que en el Congreso Local se votara por unanimidad la reforma respectiva del Código Civil del Estado.

Hasta antes de la reforma, en Colima para contraer una relación conyugal, los interesados necesitaban haber cumplido la mayoría de edad; sin embargo, el Código Civil permitía que menores de cualquier edad celebraran ese contrato si contaban con el consentimiento de sus padres, tutores o un Juez de Primera Instancia.

Si los menores de edad no obtenían el permiso para contraer la relación conyugal, los interesados podían recurrir al presidente municipal correspondiente, que concedía dispensas de edad por causas graves y justificadas.

Ahora, con la reforma al artículo 148 del Código Civil del Estado, propuesta por la diputada Gina Rocha, para contraer una relación conyugal en Colima, cada uno de los contratantes necesitan haber cumplido dieciocho años, pudiendo los presidentes municipales conceder dispensas de edad por causas graves y justificadas, pero nunca a menores de dieciséis años.

Al presentar en tribuna el dictamen con la reforma legal, la legisladora panista expresó que uno de los problemas más graves de contraer una relación conyugal a una edad temprana, es el embarazo al que se enfrentan las mujeres jóvenes, los cuales, en un 80% son embarazos no deseados e implican un alto riesgo de salud.

Además se adicionó al Código Civil del Estado la fracción VIII al artículo 98, para establecer como requisito para contraer una relación conyugal, la constancia de que ambos pretendientes asistieron a las pláticas de orientación sobre relaciones conyugales, encontrándose ésta, avalada por el Consejo Estatal de Población.

Con estas reformas, señaló Rocha Ramírez, se busca reducir el número de divorcios en la entidad y orientar a la formación de núcleos familiares idóneos para el desarrollo de la sociedad colimense. (Com. Soc. Congreso del Estado)

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